Abierto el plazo para que las pymes pueden solicitar las ayudas para impulsar el crecimiento de la industria

enero 1, 2020
FEC
Estas subvenciones serán concedidas por la Fundación EOI bajo la modalidad de ayuda en especie

Las pymes ya pueden solicitar, hasta el próximo 9 de septiembre, las ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de la industria española en el marco del programa Crecimiento Empresarial. Estas subvenciones serán concedidas por la Fundación EOI bajo la modalidad de ayuda en especie.

De esta forma, las pymes beneficiarias recibirán un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria, la elaboración de un plan de asesoramiento temático, así como el seguimiento del plan.

El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias, y contará con 50 horas de asesoramiento individualizado. Dicho asesoramiento tendrá la condición de ayudas en especie.

La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios: Diagnóstico previo de la situación de partida de la empresa y un análisis interno de la organización y del negocio, Plan de Asesoramiento personalizado, Seguimiento y evaluación del Plan de Asesoramiento y Visitas necesarias a las instalaciones de la industria beneficiaria (2 en la fase de diagnóstico y 2 en el asesoramiento temático).

El gasto para esta convocatoria será de 1,6 millones de euros. El precio del servicio objeto de ayuda es de 6.497,29 € por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos. La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía de 5.522,70 €, impuestos incluidos, por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento permitido (50 horas).

La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando 974,59 €), impuestos incluidos. La empresa beneficiaria abonará el importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. La emisión de la factura se realizará a la finalización del asesoramiento.

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