Se recomienda limitar los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y además que tengan un límite máximo de 10 personas. El régimen sancionador es el que se establece en el Decreto-ley 13/2020, de 22 de julio, por el que se modifica la Ley 7/2011, de 23 de marzo, de salud pública de Extremadura