La Sentencia de la Audiencia Nacional nº 20/2020, Sala de lo Social, Sección 1ª, de 18 de febrero 2020 establece que cuando la verdadera naturaleza de los pluses de transporte y de mantenimiento de vestuario es salarial, es posible compensar esas cantidades con los incrementos del Salario Mínimo Interprofesional.