Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas que tengan actividad económica en Extremadura y realicen las actuaciones objeto de subvención conforme a lo establecido en el Decreto 85/2015, de 5 de mayo, en alguna de las modalidades previstas, en centros de trabajo situados en Extremadura.
Asimismo podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, cumpliendo los requisitos y condiciones previstos en cada caso, realicen las actuaciones correspondientes a alguna de las modalidades descritas en el artículo 1 de la Orden de convocatoria.
Se establecen dos modalidades de ayudas:
Modalidad 1.
La cuantía de la subvención será de 1500 euros por contratación conforme a los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 4 del decreto 85/2015, de 5 de mayo.
La cuantía de la subvención será de 1800 euros, si la contratación se celebra con desempleados perteneciente a alguno de los siguientes colectivos:
Modalidad 2.
Será subvencionable el 50 % del coste del servicio de auditoría para la verificación y, en su caso, registro como empresa socialmente responsable, con un máximo de 500 euros.
Consulta la convocatoria.